Como todos lo
sabemos, el principio de presunción de
inocencia pretende que nadie sea sancionado por las leyes penales hasta que
no se pruebe en un procedimiento penal y fuera de toda duda razonable su
culpabilidad.
La razón de ser de este principio es tutelar,
entre otros, el derecho humano a la libertad personal, pues antes de
limitar este derecho, se requiere de un análisis riguroso de los criterios de
legalidad, necesidad y proporcionalidad de la medida limitante en un
procedimiento penal apegado a todas las formalidades del proceso.
La prisión
preventiva es una forma de limitar el respeto a la libertad personal, que
fundamenta su existencia en el fin procesal de que una persona señalada por la
comisión de un ilícito, no impida el desarrollo del procedimiento ni eluda la
acción de la justicia. Por ser la medida más invasiva, en su aplicación es crucial el apego a su naturaleza
excepcional, es decir, debe tratarse como la última opción posible y limitarse
únicamente a delitos graves.
Así lo
establecen los tratados internacionales de los que México es parte, la
Constitución Política Mexicana, el Código Nacional de Procedimientos Penales y
cualquier legislación aplicable a ése régimen.
Ahora bien, no
es noticia que la aplicación de la prisión preventiva de manera arbitraria e
ilegal es un problema crónico en México. De manera frecuente, los tomadores de
decisiones en este país, se inclinan por atender todo tipo de problema mediante
la privación de la libertad de las personas involucradas y la sociedad se
congratula ante ello.
De hecho, ha
sido una práctica constante por nuestros legisladores la ampliación del
catálogo de delitos de prisión preventiva oficiosa. A penas en abril de 2019, se
reformó la Constitución para ampliar el catálogo de delitos de prisión
preventiva oficiosa en casos como el robo de hidrocarburos, la corrupción
–tratándose de delitos de enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de
funciones-, y uso de programas sociales con fines electorales.
Lo anterior,
implica muchos riesgos que como ciudadanos mexicanos no podemos perder de
vista, pues las consecuencias de ellos pueden en potencia recaer sobre nosotros
mismos o nuestros familiares. Hace falta tan solo reflexionar sobre lo ocurrido
en el inicio de ésta semana, respecto al caso de la ex funcionaria Rosario
Robles, en el que ya somos testigos del quebrantamiento de la regla de
excepcionalidad de la prisión preventiva.
En tal caso, se
señaló a la ex funcionaria por un delito no grave, y en el marco de un contexto
en el que todas las muestras eran contrarias a una intención de evadir la
acción de la justicia, se limitó su libertad personal de manera ilegal,
ilegítima, innecesaria y desproporcional. Más allá de su culpabilidad o inocencia, -que se resolverá al final del procedimiento- un juez decidió de manera arbitraria e injustificada dejarla sin libertad.
Ahora yo
pregunto, si esto pasó a una exfuncionaria de tal investidura, con una defensa
penal profesional, ¿qué nos espera a cualquier ciudadano común y corriente?
Más allá de la
inocencia o culpabilidad de una persona, el sistema de justicia penal mexicano debe de ser
consistente con sus propias reglas y respetuoso de los principios en los que
descansa, como es el del respeto a los derechos humanos. Nada justifica su quebrantamiento, ni una guerra contra el crímen organizado en sexenios pasados, ni una contra la corrupción en el presente. Lo anterior, simple y sencillamente en beneficio de todas y todos nosotros, pues ninguno estamos exentos de la posibilidad de
lidiar con tal sistema algún día.
Las y los
ciudadanos, desde el rol en el que estamos -operadores y operadoras del sistema
de justicia, personas servidoras públicas, académicas, y de la sociedad civil-
No debemos permitir y celebrar acciones como estas, pues ellas debilitan y quebrantan al Sistema de Justicia Penal que tutela nuestros propios derechos.
Es hora de dejar
a un lado diferencias políticas y de opinión que nos hacen perder de vista lo
más importante, la lucha por el funcionamiento efectivo y adecuado de el Sistema de Justicia Penal Mexicano, del que todos somos parte y sobre el que tenemos
responsabilidades.
De lo contrario, la prisión preventiva se
seguirá usando con fines políticos, se revertirá su regla de excepcionalidad y lamentablemente,
las personas más afectadas seguirán siendo aquellas que pertenecen a grupos en
situación de riesgo y vulnerabilidad.
Como ciudadanos y ciudadanas,
debemos tener claro que el uso indiscriminado de la prisión preventiva es un premio a la ineficiencia del sistema de persecución de delitos, constituye uno
de los signos más evidentes del fracaso de un sistema de administración de justicia y representa un problema estructural inaceptable en una sociedad que
se dice ser democrática.
Por: Rebeca Nader López
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